Después de la marcha
en contra de la despenalización del aborto
Más allá de las discusiones que afirman posiciones más que
provocar reflexiones profundas acerca de los problemas que tratan, sería bueno
que ante la inminencia del trato de la Ley, se pusiera en foco algunas leyes
complementarias para el caso que se siguiera con la “no despenalización”.
Podría cambiarse aún el título como por ejemplo:
LEY DE RESPONSABILIDAD PARENTAL
Se ha notado un gran avance en reflexión de la marcha contra
la despenalización del aborto y en sus consignas, por cuanto se comienza a
mirar la situación de vida de la madre que decide abortar: de la insistencia en
el horror y la terribilidad de la muerte del bebé y de los derechos del bebé, a
la búsqueda de “vida” para ambos. Por ejemplo: “no es la única solución”; “vida
para dos” y otras; y algunas acciones como la de grupos de personas proponiendo
la adopción de esos niños. Se comienza a ver que es necesario acompañar a la
totalidad de la situación de la mujer que piensa en la interrupción del
embarazo más que en su criminalización. La criminalización de la mujer (con
leyes y mucho más con sanciones sociales casi ocultas y a veces también
hipócritas), son una injusticia flagrante que agrava el problema y provoca
otros tipos de muertes.
Por eso, queda mucho por reflexionar y actuar a favor del
acompañamiento de la mujer que se encuentra en uno de los estados más
vulnerables de su vida. Algunos ejemplos que necesitan, ser tenidos en cuenta para
el caso que se siga con las leyes de penalización:
Ø
El bebé fue gestado por dos: ¿existe alguna penalización para el papá del bebé que
se niega al reconocimiento del bebé que gestó? Hoy día, la identidad ha dejado de ser una incógnita.
¨
Podría aplicarse la figura de “instigación al
delito o al menos de cómplice” al papá que pueda probársele haber instigado
o consentido el aborto del bebé que gestó. Podría exigírsele que por el
solo hecho de gestarlo incurre en responsabilidad y obligaciones insoslayables
y con solo un trámite ejecutivo. Con
jueces que apliquen las penas que no deberían ser menores en ningún caso que
las aplicables a la mamá. Igualmente a las personas que se les pruebe haber
acompañado a la mujer que abortó.
¨
Aún en el caso que no pudiera probarse su
participación, debería imponérsele al papá y los que participaron el cargo de acompañar a la mamá en las consecuencias
que le acarreó: tratamientos, situación de carcelación, cargo de por vida
por daños en situaciones particulares, etc.
¨
En la práctica, debiera haber estadísticas de quienes
debieron haber sido procesados por partícipes necesarios o quienes omitieron su
obligación de asistencia. Con sus necesarias implicancias y corrigiendo las
consecuencias provocadas y puniendo a los agentes prevaricadores. Al menos para
señalar la complejidad del tema.
¨
Garantizar el cumplimiento de leyes de
asistencia parental, aún en caso de no reconocimiento y con o no consentimiento
del otro progenitor por ser derecho del niño, independientemente de sus
progenitores (como lo es en el caso de herencias). Con trámites ejecutivos y sanciones efectivas
Ø
Acompañamiento de la mamá que concibe con leyes
que protejan la maternidad
·
La insistencia en sanciones sociales al embarazo más que sanciones las causas que lo
provocan con leyes y costumbres que toleran la cosificación de la mujer en
propagandas, películas, modelos de ser mujer… ocultando la relación necesaria
entre la frivolidad y cosificación, con el embarazo no deseado. Deberían ser sancionables como lo es la
discriminación.
·
En el ideario social no se permite control sobre la educación distorsionada de
la sexualidad femenina. Ha desaparecido la figura de la falsedad ideológica
y la unión entre el aspecto sexualidad – vida. Podría haber sanciones para la
distorsión educativa a los medios masivos. Ya hay un avance en temas como
pornografía y prostitución infantil.
·
La
negativa a una educación sexual integral sobretodo dentro de la Iglesia
Católica en vez de una profundización de la misma con métodos
anticonceptivos que integren también efectividad con moralidad. Todavía en este
aspecto hay negativas y sanciones de carácter no legal.
·
La interrupción de los programas de derechos universales (o mengua), son un aliciente para
la decisión de interrupción del embarazo. O legislaciones que en la práctica hacen
muy difícil la familia numerosa.
·
Asistencia
efectiva y complementaria de las obligaciones parentales en situaciones de
soledad a la mamá que gesta en los aspectos de salud, educación, vivienda y
otros, para el tiempo de gestación, minoría de edad y mientras dure la
situación de vulnerabilidad. La responsabilidad es primaria en los parientes
directos, y subsidiaria del Estado.
Ø
Otros aspectos:
¨
Aplicación
selectiva en la aplicación de puniciones: Suele ser habitual las denuncias
en los hospitales públicos de situaciones de aborto al acudir por riesgos de
muerte, ¿será lo mismo en clínicas privadas? ¿A quién punir?
·
Hay una criminalización social a la madre
gestante que por distintas razones no acepta al hijo gestado. Debería educarse a la sociedad para la aceptación
de la situación psicológica de la mamá que no desea tener su hijo, y
debería facilitarse en los mandatos y en las leyes que una mamá pueda ofrecer
un hijo y poder recuperarlo luego, sea por tenencia que por adopción (al menos
en la preservación de su identidad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario